Sí, una E.I.C.E. puede migrar a una Empresa de Economía Mixta mediante la incorporación de capital privado, pero este proceso está sujeto a ciertos requisitos legales. Según el artículo 97 de la Ley 489 de 1998, las sociedades de economía mixta son entidades constituidas con aportes estatales y capital privado que realizan actividades comerciales bajo las reglas del derecho privado. Para esta transformación, es necesario que exista una ley que autorice la creación de la sociedad de economía mixta, estableciendo las condiciones específicas para la transición. En el caso de entidades del orden territorial, corresponde a la Asamblea Departamental o al Concejo Municipal definir los términos de la transformación. Además, el legislador tiene la autonomía para establecer el régimen jurídico pertinente y las condiciones de participación del Estado y el sector privado en el nuevo ente, garantizando así que se respeten los principios de un régimen especial de contratación donde se requiere el involucramiento de un socio privado.