El análisis previo sugiere que las licencias ambientales vigentes para EDS, emitidas entre 1994 y 2003, se mantienen válidas por el principio de irretroactividad de la ley, salvo excepciones. Sin embargo, se reconoce que el control ambiental puede ahora ejercerse a través de otros instrumentos normativos, dado el avance en la regulación ambiental y la existencia de normas del sector minero energético que establecen requisitos habilitantes. Esto indica que es posible un ajuste en la forma de control, fortaleciendo el seguimiento ambiental sin depender exclusivamente de las licencias antiguas.