Las sociedades que invierten en energías renovables no convencionales pueden aprovechar diversos beneficios tributarios y arancelarios que fomentan un uso sostenible de los recursos energéticos. Según la Ley 1715 de 2014, estas sociedades pueden deducir del impuesto de renta un 50% del valor de la inversión realizada en proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y de gestión eficiente de la energía. Además, se establece la exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA) para los equipos y servicios, tanto nacionales como importados, que se utilicen en estos proyectos. Adicionalmente, disfrutan de la exención arancelaria para la importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos específicamente destinados a labores de inversión en energías renovables. También pueden beneficiarse de una deducción por depreciación acelerada de los equipos y obras civiles relacionados con estos proyectos. Por último, las iniciativas de gestión eficiente de la energía permiten a las empresas obtener un descuento del 25% sobre el impuesto de renta por inversiones en actividades ambientales, brindando así un marco atractivo para promover estas prácticas sostenibles.