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¿Cómo pueden las empresas de servicios públicos gestionar la cobranza de deudores morosos y qué rol juega la prescripción de sus deudas?: SSPD

Escrito por  Abr 09, 2025

La Entidad hizo precisiones relacionadas con la gestión de deudores morosos en el contexto de los servicios públicos domiciliarios. Se precisa que la SSPD no puede exigir aprobación previa de actos o contratos de los prestadores. Las empresas tienen autonomía para gestionar la recuperación de su cartera morosa, que debe ajustarse a la normativa aplicable.

Respecto a la prescripción de las deudas, la Ley 142 de 1994 estipula que la acción ejecutiva por el cobro de facturas tiene un término de 5 años desde su expedición, transcurrido el cual se extingue la obligación. Los prestadores pueden elegir entre judicialmente (jurisdicción ordinaria) o administrativamente (jurisdicción coactiva) para el cobro. Además, se aclara que tanto prestadores como usuarios pueden celebrar acuerdos de pago para recuperar cartera morosa, sin desconocer las tarifas establecidas. El fenómeno de la prescripción opera automáticamente, permitiendo al deudor invocar dicha circunstancia si se han superado los plazos.

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Modificado por última vez en Martes, 08 Abril 2025 20:13