La Sala destacó que el libelo introductorio, aunque menciona la protección de derechos, en esencia busca la ilegalidad del acto administrativo debido a su impacto negativo en el acceso a servicios públicos eficientes. Adicionalmente, se aclara que, al no constituir una mera pretensión de restablecimiento de derechos individuales, sino que afecta intereses colectivos y derechos de los usuarios, se legitima el uso del medio de control de nulidad. Así, el caso se centra en determinar si los actos administrativos son conformes con la normativa vigente, especialmente el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo. Esto permite avanzar en el análisis de la legalidad de la decisión cuestionada, sin desestimar la posibilidad de un carácter colectivo en los derechos afectados.