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SSPD preció el marco normativo de los memorandos de entendimiento y las competencias de los agentes especiales

Escrito por  Mar 31, 2025

Los memorandos de entendimiento son instrumentos simplificados que expresan intenciones, compromisos y aspiraciones sin incluir obligaciones contractuales. Según la Agencia Nacional de Contratación Pública, no generan obligaciones para las partes y, por lo tanto, no se consideran contratos estatales ni están sujetos a la normativa del Estatuto General de Contratación. Un agente especial de una empresa de servicios públicos puede suscribir estos memorandos para coordinar esfuerzos en la recuperación de sistemas y archivos, siendo su capacidad de firma una función de su representación legal. Este tipo de acuerdo permite establecer colaboraciones de manera no vinculante, facilitando la gestión sin comprometer futuras obligaciones contractuales. En consecuencia, la firma de un memorando no implica la creación de inhabilidades o incompatibilidades contractuales para el Agente Especial que actúe dentro del marco de sus funciones públicas temporales.

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Modificado por última vez en Domingo, 30 Marzo 2025 18:59