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¿Qué implica el derecho de preferencia en relación a la negociación de acciones?: SuperSociedades

Escrito por  Mar 06, 2025

Si un socio decide constituir garantías mobiliarias sobre sus acciones, el derecho de preferencia seguirá siendo válido y debe ser respetado. Esto significa que, ante un incumplimiento relacionado con las obligaciones hacia el acreedor de la garantía, se requerirá que se respete el procedimiento de ejercicio del derecho de preferencia por parte de la sociedad o los socios antes de que la garantía pueda ser efectivamente utilizada. El derecho de preferencia en relación a la negociación de acciones implica que, antes de que un socio pueda transferir sus acciones a un tercero, debe ofrecerlas primero a la sociedad o a los demás socios. Este derecho actúa como una restricción a la libre negociación de las acciones, asegurando que los actuales socios tengan la oportunidad de adquirir las acciones antes de que se realice cualquier transferencia a forasteros.

En caso de que se pacte este derecho en los estatutos de la sociedad, se prohíbe la transferencia del derecho de dominio de las acciones sin haber ofrecido previamente su venta a aquellos que tienen el derecho de preferencia. Esto implica que el socio que desea vender sus acciones no puede simplemente negociar directamente con el tercer interesado sin antes cumplir con esta oferta.

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Modificado por última vez en Miércoles, 05 Marzo 2025 20:28