La Corte Constitucional, en revisión de un fallo de tutela, abordó el caso de una adolescente cuya educación se vio afectada por problemas de salud mental derivados de acoso escolar. Los padres de la joven interpusieron la acción argumentando que la institución educativa actuó de manera discriminatoria al no permitir su regreso a clases presenciales y no implementar ajustes razonables para su inclusión. Se examinan las barreras impuestas por el colegio, las cuales obstaculizaron el acceso efectivo a la educación, infringiendo así derechos fundamentales. La Corte concluye que la institución vulneró el derecho a la educación inclusiva al no abordar adecuadamente el acoso escolar y al no facilitar el acceso a un entorno educativo seguro. La decisión resalta la obligación de las instituciones educativas de garantizar un entorno inclusivo y libre de discriminación, así como la prohibición de imponer condiciones que limiten el acceso a la educación. La Corte, reconociendo la valentía de la adolescente por denunciar, establece medidas correctivas para proteger sus derechos y prevenir situaciones similares en el futuro.