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Obligación de pago por servicios de aseo y contribución en inmuebles desocupados: normativa y consideraciones de la SSPD

Escrito por  Feb 21, 2025

La respuesta de la entidad indica que, aunque un inmueble esté desocupado y no consuma servicios públicos como agua, alcantarillado, energía y gas, se puede seguir cobrando el servicio de aseo. Según la Resolución CRA 943 de 2021, los prestadores deben aplicar tarifas específicas para inmuebles desocupados, donde se considera que no hay generación de residuos sólidos, pero siguen ejecutando otras actividades del servicio de aseo. Estas tarifas son menores, pero el costo por la prestación de servicios se mantiene debido a actividades como barrido y limpieza de áreas públicas. En cuanto a la contribución, se resalta que su cobro está fundamentado en principios de solidaridad, y la normativa no permite la exención simplemente por la falta de consumo. Por lo tanto, sin importar la ocupación, se debe continuar con el cobro bajo las tarifas establecidas, en cumplimiento de la legislación vigente.

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Modificado por última vez en Jueves, 20 Febrero 2025 19:37