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ANM explicó el contexto jurídico de los Certificados de Origen y el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM)

Escrito por  Ene 03, 2025

El documento de la Agencia Nacional de Minería (ANM) responde a una solicitud de concepto jurídico sobre los Certificados de Origen y el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM). Se establece que, conforme al artículo 112 de la Ley 1450 de 2012 y el Decreto 276 de 2015, se implementan medidas de control para la comercialización de minerales en Colombia, incluyendo la obligación de llevar un control de los Certificados de Origen, que deben coincidir con la producción declarada y la liquidación de regalías. La ANM aclara que los conceptos emitidos por su Oficina Asesora Jurídica no son vinculantes, no resuelven situaciones específicas y tienen una función orientadora. La Corte Constitucional señala que estos conceptos no generan obligaciones ni derechos, permitiendo al solicitante decidir si acoger o no la interpretación normativa presentada. Esto resalta la importancia de la transparencia y el control en la comercialización de minerales en el país.

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Modificado por última vez en Jueves, 02 Enero 2025 23:54