El proyecto de Decreto tiene por objeto regular los procedimientos relacionados con las obras huérfanas, en cumplimiento de los artículos 18 a 27 de la Ley 1915 de 2018. Busca establecer un marco normativo claro para la identificación, uso y compensación de los titulares de derechos de autor sobre obras que no tienen un titular conocido o localizable. Se adiciona un nuevo capítulo al Decreto 1066 de 2015, que detalla los procedimientos para la búsqueda diligente de los titulares de derechos, la inscripción de dicha búsqueda en el Registro Nacional del Derecho de Autor y la compensación equitativa que deben recibir los titulares cuando se ponga fin a la condición de obra huérfana.
El decreto también establece que las personas autorizadas para utilizar estas obras deben proporcionar información sobre los usos realizados y mantener la transparencia en sus acciones. Además, se contempla un proceso para la resolución de conflictos en caso de desacuerdos sobre la compensación. La implementación de estas disposiciones comenzará el 1 de agosto de 2026, con un periodo previo de preparación en 2025. En resumen, el proyecto busca proteger los derechos de autor y facilitar el uso de obras huérfanas de manera justa y equitativa.
Descargar texto/Memoria