La Corte revoca la sentencia anterior que negaba la tutela y ampara los derechos de la comunidad, ordenando a la DANCP que convoque a la Comunidad Indígena La Unión para iniciar un proceso de consulta en un plazo de 15 días, en relación con el Proyecto Programa Sísmico Montelíbano 2D-2023. La Corte destaca la necesidad de respetar los derechos de las comunidades indígenas y la importancia de un enfoque diferencial en las reparaciones por los impactos del proyecto. Además, se levantan suspensiones de términos y se desvinculan entidades del trámite de tutela, reafirmando el compromiso con la protección de los derechos de la comunidad.