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CREG aclara dudas sobre los procedimientos de conexión de generadores en el STN, STR o SD

Escrito por  Dic 31, 2020

A través de un concepto la CREG estableció que, la Resolución CREG 030 de 2018 no le aplica a una planta de generación, con o sin fuente renovable, de 100 MW, dado que esta solo aplica a autogeneradores a pequeña escala (menores o iguales a 1 MW), la conexión de autogeneradores de gran escala, pero solo en el rango de menores o iguales a 5 MW y mayores a 1 MW, y a los generadores distribuidos (menores o iguales a 0.1 MW).

Sin embargo, se aclara que, el procedimiento de conexión de generadores en el STN, STR o SDL, se encuentra en la Resolución CREG 106 de 2006. En dicho acto, se establece el procedimiento a seguir para la conexión de un generador (sin hacer diferencias entre tecnologías), y establece, entre otras: ante quién se presenta el estudio del proyecto para la conexión, y qué sucede cuando no es necesario ejecutar proyectos de expansión de redes remuneradas a través de cargos por uso o cuando sí se requiere construir dichas redes, esto es, cuando no existe capacidad para la conexión de la nueva generación.

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Modificado por última vez en Martes, 29 Diciembre 2020 11:17