El documento sometido a consulta ciudadana menciona que las entidades participantes en proyectos de ciencia, tecnología e innovación deben definir con anterioridad la titularidad de los derechos de propiedad intelectual derivados de los resultados del proyecto. Esto incluye la protección de derechos de autor y otros mecanismos de protección de la propiedad intelectual. En caso de que no existan resultados susceptibles de protección por la propiedad intelectual, o si se definen otros mecanismos de protección, esto debe ser explícitamente mencionado en la justificación del proyecto.
El beneficio tributario se otorgará a las entidades que presenten proyectos de carácter científico, tecnológico o de innovación, ya sean empresas, instituciones de investigación o cualquier organización que cumpla con los criterios establecidos en la normativa. Estas entidades deben justificar su solicitud de beneficios tributarios, explicando por qué eligieron este mecanismo de apoyo en lugar de otras opciones de financiamiento disponibles en el mercado.
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