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En el caso de FONTUR, la ley establece que se excluye la aplicación del EGCAP y esto implica que la regulación debe abarcar no solo la fase de ejecución, sino también las fases precontractual y postcontractual: CE

Escrito por  Oct 10, 2024

De acuerdo con la providencia, las consecuencias jurídicas del régimen contractual no se limitan únicamente a la celebración o ejecución del contrato porque el proceso de formación del contrato incluye diversas etapas que son igualmente relevantes. En el caso de FONTUR, la ley establece que se excluye la aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) y se remite a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Esto implica que la regulación debe abarcar no solo la fase de ejecución, sino también las fases precontractual y postcontractual.

Esto se debe a que en cada etapa del proceso contractual, las partes actúan bajo el principio de autonomía privada, lo que significa que tienen la libertad de definir los términos y condiciones de su relación contractual. Esto incluye la fase precontractual, donde se establecen las bases para el futuro contrato. A si vez, las normas supletivas se aplican en todas las fases del iter contractual, lo que asegura que, incluso en ausencia de disposiciones específicas, se respeten los principios generales del derecho privado y se protejan los derechos de las partes involucradas. La responsabilidad por culpa in contrahendo implica que las partes deben actuar de buena fe durante la fase precontractual. Si una de las partes actúa de manera contraria a esta buena fe, puede ser responsable de los daños causados, lo que refuerza la importancia de considerar todas las etapas del proceso contractual.

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Modificado por última vez en Miércoles, 09 Octubre 2024 20:42