La Sala recalcó que el DADSA posee las mismas competencias que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) en su jurisdicción urbana. Esto implica que tiene la capacidad legal para investigar y sancionar infracciones ambientales, como las que se alegan contra ESSMAR. La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, al resolver un conflicto positivo de competencias entre CORPAMAG, DADSA y DIMAR, para conocer de los procesos sancionatorios ambientales iniciados en contra ESSMAR E.S.P., por los hechos ocurridos el 7 de enero de 2023, en virtud del vertimiento de aguas residuales producido en una vía pública y en Santa Marta, declaró que es el DADSA (Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental) , el competente, pues tiene jurisdicción en el área donde ocurrieron los vertimientos, específicamente en el "Canal de las Iguanas", lo que le otorga la autoridad para investigar y sancionar las infracciones ambientales que se produzcan en su territorio.