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Consideraciones de la SSPD sobre la prestación del servicio de gas licuado de petróleo GLP

Escrito por  Sep 12, 2024

La SSPD hace un amplio repaso normativo del régimen de las empresas de servicios públicos domiciliarios, las obligaciones de los prestadores de servicios públicos domiciliarios como las obligaciones del distribuidor y comercializador minorista en la prestación del servicio de GLP abarcando los expendios y almacenamiento de GLP las funciones de la SSPD Superservicios; y finaliza con la defensa de los usuarios en sede del prestador.

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Modificado por última vez en Miércoles, 11 Septiembre 2024 22:33