MinAmbiente concluyó que las inversiones se podrían realizar en una porción de la cuenca hidrográfica, que no se encuentre dentro del área de influencia del proyecto, cumpliendo los criterios definidos en la jurisprudencia, toda vez que, serían inversiones que se realizan en beneficio del grupo, gremio o sector económico que la tributa (generadores de energía) y tendrían una destinación específica consistente en mantener o restaurar el medio ambiente afectado por quienes utilizan en su actividad económica recursos naturales renovables o no renovables.