De acuerdo con lo indicado en el presente concepto, la Ley autoriza a que los municipios hagan uso de los esquemas asociativos territoriales y demás mecanismos de colaboración, cooperación y coordinación con otros municipios, departamentos o autoridades ambientales competentes para invertir los recursos siguiendo lo reglamentado y relacionado con la inversión de recursos que pueden realizar los municipios en áreas y ecosistemas estratégicos localizados fuera de la jurisdicción.