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SSPD: medidas aplicables a trabajadores de empresas de servicios públicos que adulteren la lectura de facturación

Escrito por  Dic 11, 2020

 DE acuerdo con la doctrina publicada por la SSDP, los prestadores de servicios públicos son los encargados de determinar las medidas disciplinarias que deberán imponer a sus trabajadores por las faltas que estos cometan, de conformidad con lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo, el reglamento de trabajo, el contrato de trabajo suscrito y la jurisprudencia referida al derecho disciplinario laboral.

La facturación del usuario debe corresponder con el consumo que éste realice, por lo que si el prestador detecta que ha cobrado a sus usuarios servicios no prestados, así como tarifas o conceptos diferentes a los previstos en las condiciones uniformes de los contratos, deberá informar esta situación al usuario afectado y aplicar en las facturas siguientes los abonos que correspondan, hasta que al usuario se le haya restituido lo que se cobró de más.

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