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SSPD: servicio de limpieza a domicilio de vehículos no es un servicio público domiciliario

Escrito por  Dic 11, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD os servicios públicos domiciliarios son acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas combustible, los cuales tienen como característica relevante que la prestación se hace a través de redes físicas o humanas con terminal en los inmuebles o predios de los usuarios.

Por ende, la actividad de limpieza y desinfección a domicilio de vehículos no es un servicio público domiciliario ni constituye una actividad complementaria, por lo tanto, a las empresas que realicen estas actividades no le asiste la obligación legal de cumplir con lo previsto en el régimen de los servicios públicos domiciliarios.

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