La ANM precisó que el contratista puede adquirir los materiales de construcción -agregados pétreos, asfalto, concreto otros-, de terceros que cuenten con los permisos, licencias y autorizaciones respectivas, al igual que disponer los residuos de construcción y demolición –RCD-, en sitios autorizados, caso en el cual, se debe verificar que los proveedores cuenten con los correspondientes permisos y/o autorizaciones ambientales
vigentes, de conformidad con la normativa vigente.
Las autorizaciones temporales deberán estar sujetas, entre otras descritas en este documento, a las siguientes reglas: “los sujetos que pueden acceder a la figura de Autorizaciones temporales son las entidades territoriales y contratistas; el objeto sobre el cual recae las autorizaciones temporales deberá ser la construcción, reparación, mantenimiento y mejora de vías públicas, obras de infraestructura de transporte y demás obras de interés nacional declaradas por el Gobierno Nacional”.
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