Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

El CE es competente para conocer de una demanda de nulidad presentada por un particular, contra los actos que definieron un conflicto entre dos empresas de servicios públicos domiciliarios sobre el valor de remuneración de redes de alcantarillado

Escrito por  Abr 16, 2024

A través de los actos demandados, la CRA definió el peaje o remuneración correspondiente a la interconexión de las redes de los subsistemas de recolección de aguas residuales de los barrios Granjas y Brisas de Provenza del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A. E.S.P., con los subsistemas de transporte, tratamiento y disposición de EMPAS S.A. E.S.P. Para la Sala no hay duda que las Resoluciones CRA 977 del 7 de diciembre de 2022 y 978 del 15 de febrero de 2023 tienen como expresos destinatarios a estas empresas y por ese motivo pueden concebirse como un acto particular, pues crean en esos entes una situación jurídica concreta.

“Es competente el Consejo de Estado para conocer una demanda de nulidad simple, presentada por un ciudadano en contra de los actos que definen un conflicto entre dos empresas de servicios públicos domiciliarios sobre el valor máximo del peaje o remuneración de la interconexión de redes de recolección del servicio público domiciliario de alcantarillado, si se trata de actos colectivos y en el libelo introductorio se alega que lo que se persigue es la protección del orden jurídico en abstracto y de los derechos de los usuarios del mencionado servicio”.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 15 Abril 2024 20:39