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Concepto de la CRA sobre la aplicación de rangos de consumo básico

Escrito por  Mar 13, 2024

La CRA indicó que en cuanto a la normatividad relacionada con los rangos de consumo básico nos permitimos informar que, esta Comisión de Regulación expidió la Resolución CRA 750 de 2016 “Por la cual se modifica el rango de consumo básico”, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021. En dicha Resolución se estableció que, a partir del 1 de enero de 2018 los rangos de consumo básico que debieron ser aplicados por las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en función de la altura sobre el nivel del mar de las ciudades y municipios, son los siguientes: para ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar el consumo básico es de 11 m3 mensuales por suscriptor facturado. Para Ciudades y municipios con altitud promedio entre 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar el consumo básico es de 13 m3 mensuales por suscriptor facturado. Para Ciudades y municipios con altitud promedio por debajo de 1.000 metros.

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Modificado por última vez en Martes, 12 Marzo 2024 19:52