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Concepto de la CRA sobre la aplicación gradual de incrementos en la tarifa de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado

Escrito por  Dic 14, 2023

Sobre la aplicación gradual de incrementos en la tarifa de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en relación con el parágrafo 4 del artículo 283 de la Resolución CRA 825 de 2017, compilado en el artículo 2.1.1.1.4.3.3. de la Resolución CRA 943 de 2021, se debe tener presente que mediante la Resolución CRA 03 de 1996, hoy contenida en la Resolución CRA 151 de 2001 compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, se vincula al régimen de libertad regulada a todas las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el territorio nacional, bajo el cual, las tarifas serán fijadas autónomamente por las Juntas Directivas de las empresas que presten estos servicios o por quien haga sus veces, o por el alcalde del municipio cuando los servicios sean prestados directamente por la administración municipal; quienes obran como entidad tarifaria local. En ese sentido se precisa que la determinación de la aplicación gradual de incrementos en la tarifa corresponde a una decisión empresarial en el marco de su autonomía de la gestión comercial, previo análisis de que esta alternativa cumpla con los parámetros de eficiencia establecidos en la metodología tarifaria y que no se comprometa la capacidad o suficiencia financiera de la persona prestadora para continuar prestando el servicio.

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Modificado por última vez en Miércoles, 13 Diciembre 2023 20:49