“Las comercializadoras y prestadoras del servicio público de energía eléctrica en la costa caribe colombiana, pueden instalar medidores de energía activa pueden suministrar e instalar medidores de energía activa o equipos de medida de energía eléctrica después que haya pasado un (01) año calendario desde la fecha en que fue realizada la calibración en un laboratorio certificado y la puesta en servicio. Lo anterior, teniendo en cuenta que he observado que para el caso de […] ha instalado equipos de medida en varios predios con certificados de calibración que sobrepasan el año de haber sido realizados y expedidos, contrariando lo manifestado en el inciso e) del anexo 2 de la Resolución 38 de 2014 emitida por la CREG, que señala el tiempo máximo de vigencia de estos certificados para los medidores electromecánico y estáticos de energía activa o reactiva, que es de 6 y 12 meses, respectivamente.”