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MinMinas: proyectos hidroeléctrico de empresas de energía deben ser considerados como obra pública de infraestructura

Escrito por  Ago 10, 2023

De acuerdo con lo establecido en el presente concepto, cuando una empresa de servicios públicos domiciliarios, cuyo objeto social incluya la generación de energía eléctrica, quiera ejecutar un proyecto hidroeléctrico, lo deberá hacer en el marco de lo dispuesto en las Leyes 56

de 1981, 142 y 143 de 1994, y, deberá ser considerada como obra pública de infraestructura, necesaria para la prestación de un servicio público esencial.

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Modificado por última vez en Miércoles, 09 Agosto 2023 22:48