notificaciones. “Si se trata de una decisión que deba notificarse personalmente y la CGR no tiene los datos que requiere para ubicar al investigado, debe publicar la citación en su página web y en un lugar de acceso al público por el término de cinco (5) días, y si el interesado no se presenta, debe publicar de la misma manera el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, advirtiendo que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.