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Orientaciones de la CGR sobre notificaciones electrónicas dentro del proceso de responsabilidad fiscal

Escrito por  Jul 27, 2023

La Entidad indicó que es posible la notificación por medios electrónicos siempre y cuando así lo haya aceptado el administrado, para lo cual deberá obraren el expediente manifestación en tal sentido, con la indicación por parte de aquel del correo donde recibirá las

notificaciones. “Si se trata de una decisión que deba notificarse personalmente y la CGR no tiene los datos que requiere para ubicar al investigado, debe publicar la citación en su página web y en un lugar de acceso al público por el término de cinco (5) días, y si el interesado no se presenta, debe publicar de la misma manera el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, advirtiendo que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”.

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