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Consideraciones de MinAmbiente sobre las elecciones de representantes del sector privado y sus suplentes ante los Consejos Directivos de las CAR

Escrito por  Jul 13, 2023

La Entidad indicó que el Decreto 1850 de 2015, que incorpora el artículo 2.2.8.5A.1.3 al Decreto 1076 de 2015, regula únicamente lo relacionado con la posibilidad de que las organizaciones debidamente constituidas, postulen candidatos a ocupar un asiento en el consejo

directivo en representación del sector privado. En tal sentido, el mismo artículo exige, entre otros documentos, el certificado de existencia y representación correspondiente.

“Si bien las personas individuales no se asimilan a las organizaciones privadas, las personas naturales individualmente consideradas que cuenten con un establecimiento comercial debidamente registrado ante cámara de comercio, también hacen parte del sector privado y en tanto tal, conforme con los antecedentes indicados en acápites anteriores, les asiste el derecho a participar y hacer parte del proceso de elección de los representantes del sector privado ante los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales”.

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