implementación de tarifas en los rangos determinados, respecto al cobro del impuesto departamental de registro, de acuerdo con lo previsto en artículo 230 de la Ley 223 de 1995, modificado por el artículo 3 de la Ley 2069 de 2020 y Articularse a la estrategia de activación de la Ventanilla Única Empresarial (VUE), mediante el establecimiento de los planes de trabajo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que se requieran para su vinculación.