características del contrato de prestación de servicios profesionales: “la vigencia del contrato es temporal y, por lo tanto, su duración debe ser por tiempo limitado y el indispensable para ejecutar el objeto contractual convenido”.
La Entidad responde a la siguiente pregunta: ¿La expresión contenida en el decreto 1083 de 2015 artículo 2.2.12.1.2.1 en la cual expresa que madres cabeza de familia no podrán ser retirados del servicio aplica en los contratos de prestación de servicios?. La Entidad explica
características del contrato de prestación de servicios profesionales: “la vigencia del contrato es temporal y, por lo tanto, su duración debe ser por tiempo limitado y el indispensable para ejecutar el objeto contractual convenido”.