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Consejo de Estado no avocará el conocimiento de acto Corporación para el Desarrollo Sostenible de San Andrés sobre el manejo de residuos peligrosos por el virus Covid-19

Escrito por  Ago 04, 2020

El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución 143 del 20 de abril de 2020, en la que el director general de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina aprobó, de manera transitoria,

el “Protocolo para el seguimiento y control de la gestión y manejo seguro de los residuos peligrosos generados en la atención por el virus Covid-19”. La Sala Unitaria constata que la Resolución 143 del 20 de abril de 2020 no reglamentó ni desarrolló el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 (que declaró el Estado de emergencia económica social y ecológica) ni ningún otro decreto legislativo proferido por el presidente de la República en el marco de esa declaratoria, lo que impide que ese acto sea objeto de control inmediato de legalidad por parte de esta jurisdicción.

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Modificado por última vez en Jueves, 26 Noviembre 2020 14:50