advierte la falta de firma en la tarjeta, no puede suponer que la tarjeta de control es inexistente, si no verifica previamente el sistema de información y registro de conductores”.
El proyecto de norma busca que “la falta de firma y sello de la empresa, dada la obligatoriedad del sistema de información y registro de conductores, resulta insuficiente para entender configurada la inexistencia de la tarjeta de control. De manera que, un agente de control que
advierte la falta de firma en la tarjeta, no puede suponer que la tarjeta de control es inexistente, si no verifica previamente el sistema de información y registro de conductores”.