deben ser solicitadas por el interesado a la autoridad competente.
La Autoridad Ambiental precisó que la Resolución 549 de 2020, no señaló que el término establecido para la presentación de los complementos y/o ajustes solicitados por la ANLA podría ser prorrogado; sin embargo, no se puede pretermitir que por regla general las prórrogas
deben ser solicitadas por el interesado a la autoridad competente.