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Texto del decreto que modifica disposiciones sobre el Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE)

Escrito por  Ago 05, 2020

Queda establecido que el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE) sustituye el impuesto sobre la renta.

Los impuestos y aportes que se integran al régimen simple de tributación son los siguientes: el impuesto nacional al consumo a cargo de los responsables que presten los servicios de expendio de comidas y bebidas. Este impuesto mantiene su naturaleza y sus elementos estructurales de determinación para liquidar los anticipos en los recibos electrónicos del SIMPLE y declarar y pagar anualmente en la declaración del SIMPLE, en los términos que establece el Estatuto Tributario. El impuesto de industria y comercio consolidado a cargo del contribuyente del SIMPLE que comprende: el impuesto de industria y comercio, el complementario de avisos y tableros y la sobretasa bomberil establecidos bajo la autonomía de los distritos y municipios. Este impuesto mantiene su naturaleza y sus elementos estructurales de determinación, para que se liquide y pague en los recibos electrónicos del SIMPLE y en la declaración del SIMPLE, de conformidad con las normas vigentes, y lo aportes al Sistema General de Pensiones a cargo del empleador mediante el mecanismo de crédito tributario.

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