También se establece en la subpartida 6307.90.30.10 se entiende por "Tapabocas o mascarillas de uso hospitalario", a las mascarillas quirúrgicas y las mascarillas de alta eficiencia, con eficiencia del elemento filtrante mayor o igual al 94 %.
A través del acto administrativo se desdoblan las subpartidas arancelarias 0804.40.00.00 (aguacate palma) y 6307.90.30.00 (hass), Y restablecer el arancel al quince por ciento (15%) para la subpartida 6307.90.30.00 (mascarilla de protección), las cuales quedarán con los códigos que se relacionan en la tabla descriptiva que hace parte integral del documento publicado por la enditad.
También se establece en la subpartida 6307.90.30.10 se entiende por "Tapabocas o mascarillas de uso hospitalario", a las mascarillas quirúrgicas y las mascarillas de alta eficiencia, con eficiencia del elemento filtrante mayor o igual al 94 %.