difusión a través de canales electrónicos».
A través del presente concepto se reiteró que, el artículo 3, literal c) de la Ley 1150 de 2007 establece que el SECOP «Contará con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos, para lo cual establecerá los patrones a que haya lugar y se encargará de su
difusión a través de canales electrónicos».