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CREG reconoció un incremento en el ingreso anual del año 2 del periodo de vigencia de la obligación de prestación de los servicios del Gestor del Mercado de Gas Natural para dar cumplimiento a los indicadores de gestión

Escrito por  Ene 10, 2023

El valor del parámetro I, definido en el numeral II del literal A del Anexo 6 de la Resolución CREG 055 de 2019, será 1% durante el segundo año del periodo de vigencia de la obligación de prestación de los servicios por parte del Gestor del Mercado de Gas Natural, por el

cumplimiento de indicadores de gestión del año 1 de dicho periodo de vigencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de la citada resolución.

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Modificado por última vez en Lunes, 09 Enero 2023 23:48