Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

A través de decreto el Gobierno ordenó que sean elegibles los proyectos que se encuentren viabilizados y registrados a través del SUIFP en el Banco de Proyectos de Inversión de Obras por Impuestos con corte al quince (15) de febrero de cada año

Escrito por  Ene 04, 2023

A través del presente decreto el Gobierno modificó el parágrafo 1° del artículo 1.6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para que en adelante las entidades públicas del

orden nacional y territorial, así como los contribuyentes, puedan formular, estructurar, y lograr la viabilidad y registro de un mayor número de proyectos en el Banco de "Obras por Impuestos. Que la ampliación del plazo de que trata el presente Decreto, permite que los procesos de selección de proyectos y presentación de la solicitud de vinculación del cincuenta por ciento (50%) del impuesto sobre la renta y complementarios realizado por los contribuyentes se adelante en el marco de la publicación del banco de proyectos”.

Descargar Documento