actividad, considerando que la aplicación de esas funciones permiten identificar alternativas que se constituyan en la opción de mínimo costo en cuanto a las condiciones de distancia y cantidad de toneladas del mercado que atienden.
De acuerdo con las disposiciones del presente concepto, la actividad de recolección y transporte de residuos se debe remunerar con el valor mínimo resultante del cálculo de las funciones ?1 y ?2, las cuales representan dos opciones eficientes para la prestación de dicha
actividad, considerando que la aplicación de esas funciones permiten identificar alternativas que se constituyan en la opción de mínimo costo en cuanto a las condiciones de distancia y cantidad de toneladas del mercado que atienden.