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MinTrabajo precisó que no existe norma alguna que conceda una licencia de luto por el fallecimiento de la mascota, pero hay alternativas de licencia por afectación emocional

Escrito por  Dic 15, 2022

“No existe en el ordenamiento laboral colombiano, norma alguna que conceda una licencia de luto por el fallecimiento de la mascota de un trabajador, por lo que deberá consultar si en el reglamento de trabajo o en alguna convención colectiva en caso de que exista sindicato en

la empresa, exista alguna disposición al respecto. En los términos del escrito, en donde se pone un escenario de gran afectación emocional por la presunta muerte de una mascota, el trabajador podría tener las siguientes opciones a saber: 1. Incapacidad médica. 2. Solicitar una licencia por grave calamidad doméstica. 3. Solicitar licencia remunerada compensable. 4. Solicitar licencia no remunerada. 5. Solicitar vacaciones”

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