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ANM aclaró disposiciones sobre los minerales que se pueden explotar en los subcontratos mineros

Escrito por  Dic 12, 2022

A través del presente concepto e indicó que, en el área del subcontrato se pueden explotar los minerales autorizados en la concesión minera original, tales como los que se hallen en liga íntíma3, en este punto resulta pertinente mencionar que en virtud de lo dispuesto en el

ar6culo 61 de la Ley 685 de 2001 sobre los minerales que comprende la concesión, se establece lo siguiente: “Ar culo 61. Minerales que comprende la concesión. El concesionario en el derecho a explotar además de los minerales expresamente comprendidos en el contrato, los que se hallen en liga íntima o asociados con estos o se obtengan como subproductos de la explotación.

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