política alrededor de la cual debe organizarse la prestación de los servicios públicos domiciliarios. Así lo estableció la exposición de motivos del proyecto de ley correspondiente y así lo establece la ley, que en su artículo 5 consagra que es competencia de los municipios asegurar que se presten a sus habitantes, de manera eficiente, los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, entre otros.