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SSPD: reuniones de asamblea de las organizaciones autorizadas para prestar servicios públicos, podrán hacerse de forma no presencial durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Nov 17, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, mientras se levantan las restricciones que impiden la realización de eventos públicos o privados que impliquen aglomeración de personas, las reuniones de asamblea de las organizaciones autorizadas para prestar servicios públicos, podrán hacerse de forma no presencial, conforme a lo señalado en los respectivos estatutos sociales,

utilizando mecanismos para deliberar o decidir por comunicación simultanea o sucesiva.

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