A través del presente concepto se reiteró que “el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece los requisitos que se deben cumplir, para la obtención del permiso de vertimientos a las aguas superficiales o al suelo,
según aplique, y en consecuencia, se debe dar cumplimiento a la respectiva norma de vertimientos, esto es, para el caso de las aguas superficiales, la Resolución 631 de 2015 y en el caso del vertimiento al suelo, la Resolución 699 del 6 de julio de 2021”.
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