que cuenten con una población urbana menor a 25.000 habitantes según la información censal del DANE y que se vinculen al esquema diferencial con condiciones particulares
A través del presente concepto, a CRA aclaró que la persona prestadora que decida implementar el esquema diferencial en APS con condiciones particulares, podrá vincular a este esquema, otras APS ubicadas en otros municipios o distritos donde se preste el servicio, siempre
que cuenten con una población urbana menor a 25.000 habitantes según la información censal del DANE y que se vinculen al esquema diferencial con condiciones particulares