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Establecido procedimiento que deben seguir los departamentos beneficiarios del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina durante emergencia sanitaria

Escrito por  Ago 10, 2020

A través del acto administrativo se establece el procedimiento que deben seguir los departamentos beneficiarios del Fondo de Subsidio de La Sobretasa a la Gasolina, que reorienten los recursos de la presente vigencia para la ejecución de acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia Económica,

Social y Ecológica, con base en la autorización establecida por el artículo 1 del Decreto Legislativo 461 de 2020 y dentro del marco del mismo, durante el término que dure la emergencia sanitaria

Para acceder a los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina para la vigencia 2020 se deberá adelantar el siguiente procedimiento: la entidad territorial beneficiada de los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina, de manera escrita, presentará a la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, el proyecto, los soportes y/o la solicitud, debidamente firmada (o) por el representante legal de la entidad territorial, En un plazo no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de su recibo, el Ministerio de Transporte remitirá la solicitud y/o proyecto con los soportes respectivos al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, o a la entidad competente según el asunto del mismo, con el fin de que se emita el concepto correspondiente, entre otros procedimientos que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.

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