artículos 1 a 3 de la misma resolución, utilizando la tabla contenida en el Anexo de la misma resolución y en formato Excel.
La CREG recordó que, de conformidad con la obligación señalada en el artículo 4 de la Resolución CREG 101 029 de 2022, los comercializadores que atienden usuarios finales, los demás comercializadores y los generadores deben reportar los resultados de la aplicación de los
artículos 1 a 3 de la misma resolución, utilizando la tabla contenida en el Anexo de la misma resolución y en formato Excel.