Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

MinMinas prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022, la suspensión de la aplicación que establece que el valor del ingreso al productor de alcohol carburante IPAC(t) para un determinado mes, no podrá ser superior al precio de referencia para Bogotá

Escrito por  Oct 04, 2022

El ministerio prorrogó hasta el 31 de diciembre del año 2022 la suspensi6n de la aplicación del articulo 2 de la Resolución 180643 del 27 de abril de 2012, que establece que el valor del ingreso al productor de alcohol carburante IPAC(t) para un determinado mes, no podrá ser

superior en ningún caso, al precio de referencia para Bogota de la gasolina motor corriente oxigenada, calculado por el Ministerio de Minas y Energía para el mes inmediatamente anterior. Vencido este término, el Ingreso al Productor del alcohol carburante será aquel que dicte la metodología contenida en la Resolución 18 1088 de 2005, modificada por las resoluciones 18 0222 de 2006, 18 1232 de 2008, 18 0825 de 2009 y, 18 0643 y 9 1771 de 2012 del Ministerio de Minas y Energia.”

Descargar Documento