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Proyecto de norma de la CREG busca flexibilizar la fecha para que los agentes, de acuerdo con sus condiciones particulares, se acojan a las medidas de ajuste propuestas para los factores de indexación

Escrito por  Sep 28, 2022

El presente proyecto de norma modifica los literales a) y b) del artículo 3 de la Resolución CREG 101 027 de 2022, los cuales quedarán así: “a) El LAC deberá calcular los cargos de distribución y transmisión de energía eléctrica resultantes de la aplicación de lo establecido en

la presente resolución y considerando las comunicaciones enviadas por los operadores de red y transmisores nacionales, acorde con lo establecido en el artículo 6. Estos cálculos deberán ser publicados por parte del Liquidador y Administrador de Cuentas, LAC, a más tardar el 14 de octubre del presente año. Esta publicación será definitiva y no estará sujeta a revisión por parte de los agentes”.

La CREG, teniendo en cuenta el efecto que ha tenido en las tarifas de los usuarios regulados del servicio de energía el incremento del IPP, publicó proyecto de norma para adoptar medidas transitorias para viabilizar la aplicación de un indexador diferente para la actualización de los cargos de transmisión y distribución.

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Septiembre 2022 09:49